Sánchez podría ir a la cárcel 3 años por el coronavirus

*Artículo publicado en InformaValencia.

Son muchos los que piensan que el Gobierno permitió y promovió las manifestaciones del 8M a sabiendas del riesgo que suponía para los asistentes. Muchos creen también que fue una de las razones de la expansión de la pandemia. Muchos deducen que el Gobierno es irresponsable por anteponer sus intereses de partido a la salud de los ciudadanos, y hasta criminal. Pero solamente uno ha tenido lo que hay que tener para poner una denuncia en el juzgado de guardia buscando justicia. Por suerte ha caído en manos de Carmen Rodríguez-Medel, magistrado-juez del Nº 51 de Madrid, que ha acordado auto de diligencias previas para esclarecer los hechos.

Víctor Valladares encarna la figura de acusación popular en este asunto, tan útil en casos donde es difícil concretar al damnificado (corrupción, delitos medioambientales o de salud pública) y en situaciones donde la Fiscalía puede ser reacia a proceder de oficio. Denuncia a Pedro Sánchez, a todos los Delegados del Gobierno, a todos los subdelegados y a todos los que estén relacionados con los hechos, ministros, etc. La juez no tiene competencia para actuar contra Pedro Sánchez ni sus ministros, por su condición de aforados, ni tampoco contra los Delegados de otras comunidades autónomas, obviamente, pero sí contra el Delegado del Gobierno en Madrid. Es contra él y su equipo contra quienes acuerda el auto. No obstante, sugiere al denunciante proceder contra Sánchez en el Supremo y contra todos los Delegados en los juzgados de cada autonomía. Ahora bien, los fundamentos que expone la juez en el auto son extensibles a todos los denunciados, y deberían seguir el mismo curso en los juzgados compententes en cada caso. Carmen entiende que los hechos encajan en un tipo penal y hay indicios de delito, por lo cual acuerda incoar diligencias previas para ir aclarando qué delitos concurren. Alguien podría pensar que todo esto es una treta para ir contra Sánchez por intereses políticos, así de sucia debemos ver la justicia en España, pero sucede que Carmen Rodríguez-Medel fue la juez que llevó el caso Máster de Cristina Cifuentes. Así que como mucho le podemos criticar su afán de enjuiciar a gobernantes corruptos de todos los colores.

Parece intuitivo que el Gobierno sabía del peligro de las manifestaciones y que no obstante las promovió por interés ideológico. Es muy difícil negarlo. Sin embargo, de haber delito, la cuestión empieza por saber si el derecho de manifestación se puede restringir. Pues resulta que sí, las manifestaciones son un derecho fundamental en la Constitución y el Gobierno «sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes». La jurisprudencia aclara que la administración pública competente debe restringir o incluso prohibir el ejercicio extralimitado del derecho a la manifestación si pudiera perturbar desproporcionadamente otros valores constitucionales. Es decir, si crees que una manifestación va a propagar una enfermedad debes impedirla, dice la ley. Resulta obvio entonces que si el Gobierno sabía del riesgo y no las prohibió, sino que además las promovió, incurrió en un delito de prevaricación administrativa por omisión, por no obrar a sabiendas de la injusticia. Si además se pueden comprobar los daños causados concurre también el delito de lesiones por imprudencia. La juez no descarta que tras las diligencias aparezcan otros delitos. La prevaricación le puede costar a uno quince años de inhabilitación y las lesiones por imprudencia tres años de cárcel.

La cuestión estriba, por tanto, en confirmar cuatro aspectos: si había riesgo, si el Gobierno lo sabía de antemano, si hizo lo que debía y si hubo consecuencias lesivas. Solo escribirlo ya da risa. Con todo lo que sabemos, muchos condenarían al Gobierno entero por esos delitos sin necesitar más evidencias. Sin embargo, la justicia procede de manera metódica, afortunadamente. Vamos por partes.

¿Existía riesgo? Carmen entiende que hay que acreditar si las manifestaciones podían perturbar desproporcionadamente otros valores constitucionales. Para ello insta al Médico Forense a que informe de si podían causar riesgo para la salud y si era científicamente notorio. Para todo el mundo resulta obvio que sí, pero el caso es que además había una recomendación del Centro Europeo para el control y prevención de enfermedades de fecha 2 de marzo de 2020 sobre el COVID-19.

¿El Gobierno lo sabía de antemano? La juez necesita acreditar si el informe de recomendación era conocido por el Gobierno antes de las manifestaciones. A la Policía Judicial le pide que informe sobre la trazabilidad de ese documento y al Médico Forense le pregunta desde cuándo era notorio que había riesgo para la salud.

¿El Gobierno hizo lo que debía? Se debe acreditar si se instó a prohibir las manifestaciones, o al contrario, se instó a no prohibirlas, lo cual da miedo solo de escribirlo, pero es la juez la que lo pone en el auto. Asimismo, se pregunta si se adoptó alguna medida de prevención. Para aclararlo insta a la Policía Judicial a investigar varios detalles. Si hubo recomendaciones sanitarias de las autoridades competentes antes de las manifestaciones, o lo contrario, si se indicó que las manifestaciones debían celebrarse sin ninguna restricción. También quiere saber si el Gobierno manejó expedientes administrativos que evaluaran el riesgo o si por el contrario no hizo nada al respecto. Dando por hecho que había riesgo, quiere conocer si se advirtió a los asistentes del peligro. Y por último observa una diligencia maravillosa: insta a la Policía para investigar si se suministraron medidas de prevención a los asistentes (guantes, mascarillas…), a quién se suministraron y por orden de quién. Brillante, como el filo de una katana. Añade, a modo de guinda, que la Policía Judicial haga todas las diligencias previas que considere necesarias para esclarecer los hechos.

¿Hubo consecuencias lesivas? Es triste hacerse la pregunta. Al Médico Forense le encarga la tarea ingrata de confirmar si se ha materializado el riesgo, por ejemplo a través de infecciones de coronavirus, si en el caso de Madrid, que es el que le ocupa, se puede constatar que hay más contagiados como consecuencia de las manifestaciones. Como posible prueba alude explícitamente a miembros del Gobierno que estuvieron en primera línea en Madrid el 8M y fueron diagnosticados positivamente a los pocos días.

Los plazos empiezan a contar desde que se levante el estado de alarma, como no puede ser de otra manera. Para empapelar a Sánchez tendrá que denunciarse en el Supremo, pero los indicios de delitos ya están sentados aquí. Habrá que ver si la acusación popular tiene lo que hay que tener para denunciarle allí, si la Fiscalía tiene lo suyo, independencia y decencia para obrar de oficio, y si el Supremo viene con las manos libres y limpias para sentenciar lo que es justo. Algo me dice que no, que Sánchez ya ha prostituido la Abogacía, la Fiscalía y el Supremo lo bastante para no sufrir castigos cuando se meta en problemas. Poco ha tardado en sacarle rentabilidad, y acaba de empezar. Nunca nos lamentaremos lo suficiente de ese abuso. No obstante, sus votantes sí pueden tomar medidas y ajustarle las cuentas políticas, que quizá le duelan más que la prisión. Me pregunto, si no lo hacen, si serán cómplices de sus delitos.

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