«El verso sutil que pasa o se posa
sobre la mujer o sobre la rosa,
beso puede ser, o ser mariposa.»
Rubén Darío

El nuevo proyecto de ley de bienestar animal se aprobó el pasado 9 de febrero de 2023 en el Congreso por la vía de urgencia, proceso que se utiliza cuando la cuestión es de gran importancia para la sociedad. Resulta sospechoso que se haga así de urgente tratándose de los animales, con los que convivimos desde hace unos doscientosmil años, y no con disrupciones sociales como las que propone la inteligencia artificial o la colonización de planetas. También induce a mal pensar la lectura del Código de Protección y Bienestar Animal, actualizado al 13 de febrero de 2023, que recopila y ordena la legislación española relativa a bienestar y protección animal, y que a esa fecha contiene la friolera de 809 páginas, a tamaño BOE, donde la mayoría de Leyes, Leyes Orgánicas, Órdenes y Reales Decretos se incluyen solamente de manera parcial, para no hacer el texto demasiado largo. Sería tedioso nombrarlas todas, nadie se las sabe, el índice de las tales contiene 31 páginas no incluidas en las 809. Hago énfasis en este absurdo mal intencionado para remarcar que esta nueva ley no responde a criterios de necesidad, ni mucho menos de urgencia, habida cuenta de la montaña de leyes que ya tenemos al respecto y nuestra experiencia con animales a lo largo de miles de milenios, sino más bien a criterios políticos e ideológicos que, en última instancia, no están pensando en el bienestar animal. Dicho esto, vamos a ver en qué nuevos bretes y dilemas nos van a poner las contradicciones de nuestros legisladores a partir de ahora.
Para apoyar la hipótesis de que esta nueva ley no es urgente ni está dirigida al bienestar animal, baste atender a lo que puede leerse en negrita en la exposición de motivos para su defensa ante el pleno, es decir, lo que remarcan como prueba de necesidad y urgencia: solo el 27% de los perros que llegan a centros de acogida tienen chip. En conclusión, añaden, «esto implica que la mayoría de animales de compañía se encuentran fuera del control oficial». Como puedes ver, el ansia de control del estado trasciende toda otra consideración. En cualquier caso, la conclusión es obviamente falsa, de ese dato no se puede concluir nada acerca de «la mayoría de los animales de compañía». Los perros que llegan a centros de acogida suponen aproximadamente el 1% de los animales de compañía que hay en España, y cabe sospechar que los perros no abandonados, es decir, los que no llegan a los centros de acogida, tienen chip en un porcentaje que no guarda relación con ese. De hecho, podrían haber dado el dato del total de perros que tienen chip y que no lo tienen, pero acuden a señalar solamente cuántos de entre los abandonados, lo cual es una muestra intencionadamente sesgada y poco representativa de la realidad, solamente el 1%. Y no será en vano subrayar la doblez con la que proceden los políticos en este asunto para que puedas valorar después su mala fe cuando te ordenen cómo tienes que relacionarte con los animales.
Entonces, si no es por el bienestar animal, ¿a quién puede interesar esto? Pues no lo sé, pero será el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 quien se encargará de impulsar estas políticas, para lo cual se creará el Consejo Estatal de Protección Animal, adscrito a ese ministerio, con representación de las entidades locales a través de la Federación Española de Municipios y Provincias, y se creará también el Comité Científico y Técnico para la Protección y Derechos de los Animales, dependiente a su vez del Consejo anterior, cuya presidencia caerá en manos del Ministerio mencionado y tendrá representación del Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Transición Ecológica y el Ministerio de Sanidad con rango de directores generales. Como puedes imaginar, lo interesante será la asignación de sillones y sueldos inevitables, por más que digan que no pretenden incrementar el gasto, si bien lo harán «atendiendo, en todo caso, al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres», menos mal. Como no podía ser de otra manera, se creará el Sistema Central de Registros para la Protección Animal, integrado por el Registro de entidades de protección animal, el Registro de Profesionales de Comportamiento Animal, el Registro de Animales de Compañía, el Registro de Núcleos Zoológicos de Animales de Compañía y el Registro de Criadores de Animales de Compañía. Todo ello sin aumento del gasto, ya sabes. Asimismo, se elaborará una Estadística de Protección Animal, con recursos de los demás órganos del Estado y de las Comunidades Autónomas, un Plan Estatal de Protección Animal, en colaboración con todos los ministerios y organismos del mundo, así como programas territoriales de protección animal, todo ello dirigido por los protagonistas del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. Ya sé que te duele la cabeza, a mí también, pero es que si no se dice podría parecer que esta ley es para el bienestar de los animales y no para asignar un sinfín de puestos públicos innecesarios que vas a pagar con tus impuestos. Para que nadie se llame a engaño, lo recuerdan: el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 deberá «financiar y desarrollar acciones específicas relacionadas con la protección animal», nutrido por «las cantidades que anualmente se consignen en los Presupuestos Generales del Estado» y por «cualesquiera otras fuentes de financiación que puedan establecerse». Por cierto, un inciso impertinente: ¿has visto con qué desprecio por la lengua asignan las mayúsculas?
Sea como fuere, si estos analfabetos fueran unos mafiosos como Dios manda, es decir, se limitaran a extorsionar con impuestos y a colocar a sus amigos y familiares para no hacer nada, lo soportaríamos con resignación, como siempre se ha hecho, pero no: legislan para cercenar nuestras libertades, con daño para los animales en este caso, armados de buenas palabras y mejores intenciones, pero escasos de coherencia y razón. Las intenciones son nobles, tanto como aquellas con las que está empedrado el infierno: promover la tenencia y convivencia responsable, fomentar la defensa y protección, luchar contra el maltrato y el abandono, impulsar la adopción, informar a la gente, desarrollar campañas de identificación, prevención y tratamiento de enfermedades, esterilización, cría y venta responsable, fomentar desde la Administración, establecer un marco de obligaciones… Las palabras son pomposas como para atragantarse: «esta ley tiene por objeto establecer el régimen jurídico básico en todo el territorio español para la protección, garantía de los derechos, y bienestar de los animales de compañía y silvestres en cautividad…» Ya sé, cuando has leído «derechos» se te ha encendido la luz roja de alarma, ¿qué demonios son los derechos? Pues lo que ellos digan que son, lo aclaran así: «Se entiende por derechos de los animales su derecho al buen trato, respeto y protección, derivados de las obligaciones que el ordenamiento jurídico impone.» Más allá de que la definición es estúpidamente circular, en tanto que dice que los derechos son derechos, se derivarán de la ley que ellos mismos imponen. En realidad, sean cuales sean los derechos de los animales, los pisotean cuando atienden a las excepciones de la tauromaquia, el ganado y los animales de experimentación científica y docencia, que vienen a ser la inmensa mayoría de los animales con los que nos relacionamos. Es decir, bienestar animal sí, obligaciones para cuidadores y criadores sí, pero a los cerdos, toros, pollos y ratones de laboratorio los podemos exprimir, descuartizar y envenenar con impunidad. A ver con qué coherencia metemos en una red a mil lubinas para cocinarlas a la espalda y no podemos matar una mosca cojonera con saña.
Como ves, tras las palabras bonitas y buenas intenciones se esconde agazapada la sinrazón. En esta línea, llama la atención la inocencia con la que la ley pretende encasillar a los animales en definiciones imposibles, a saber, y no te rías: animal de compañía, doméstico, silvestre, silvestre en cautividad, abandonado, desamparado, extraviado, identificado, utilizado en actividades específicas, utilizado en actividades profesionales, fauna urbana, gato comunitario y, mi preferido, el gato merodeador. En contraste, sorprende ver que el listado positivo de animales de compañía no está definido todavía, así que, de momento, puedes seguir mirando las musarañas de tu habitación.
Sí hay, sin embargo, unos criterios para las especies que pueden incluirse en ese listado de animales de compañía. Primeramente, se define como tal aquel «animal doméstico o silvestre en cautividad, mantenido por el ser humano, siempre que su tenencia no tenga como destino su consumo o el aprovechamiento de sus producciones o cualquier uso industrial o cualquier otro fin comercial o lucrativo y que pertenezca a una especie que esté incluida en el listado positivo de animales de compañía». Como ves, la definición vuelve a ser circular: son animales de compañía aquellos que estén en el listado de animales de compañía. Si simplificamos la definición, parece que quieren decir que lo son aquellos que mantiene el ser humano por capricho y no estén prohibidos. Los criterios para que no estén prohibidos son los siguientes: que se puedan mantener en condiciones adecuadas para ellos, que exista buena documentación para mantenerlos y criarlos, que no sean especies invasoras o impropias de nuestro hábitat y que no supongan un riesgo para la salud. Reconozco que los criterios son impecables. Ahora bien, esto permitirá que tengamos erizos, serpientes, ranas, hormigas, cangrejos, peces y escarabajos, lo cual es buena noticia. Vayamos pues ya con los disparates, que lo estás deseando.
«Todas las personas están obligadas a tratar a los animales conforme a su condición de seres sintientes.» El adjetivo es una seña inconfundible de garantía de origen. Entiéndase que sintiente no significa nada, acaso quieran decir seres que sienten, lo cual no es más que seres que experimentan sensaciones, es decir, que perciben algo cuando son estimulados, especialmente a través de sus sentidos, lo cual es común y exclusivo de los animales, las piedras y los alcornoques, que se sepa, no tienen órganos de los sentidos. O sea, que estamos obligados a tratar a los animales como animales, para eso no hacía falta montar tanto escándalo. Probablemente, como no saben escribir, no hayan sabido transmitir lo que estaban pensando, que hay que tratar bien a los animales, cosa que es innata en nosotros cuando el miedo o el hambre no nos aprieta. Y digo bien innata, por más que haya enfermos que gocen con el maltrato gratuito, para los cuales esta ley tampoco va servir de nada. En conclusión, que no dicen nada más allá de mantenerlos, cuidarlos y acatar las normas. Se prohíbe expresamente cosas obvias, como dejar un caballo suelto en medio de La Castellana, y otras en cambio no exentas de aristas y ambigüedades, como hacer algo que pueda causarles sufrimiento psicológico, habida cuenta de que uno puede tener una mantis inofensiva y autóctona, candidata a animal de compañía, a la que alimenta con arañas inofensivas y autóctonas, candidatas a animales de compañía, a las que alimenta a su vez con una colonia de hormigas inofensivas y autóctonas, candidatas también a animales de compañía. Y no digo una estupidez, que entomólogos aficionados somos más de los que se piensa, y si no mira YouTube y te sorprenderás del tiempo que llegamos a perder con los insectos. Se prohíbe también alimentarlos con «despojos procedentes de animales que no hayan superado los oportunos controles sanitarios», lo cual pone a nuestra mantis con una patita en la calle. Pero no de forma sencilla y sin pena, porque la ley prohíbe expresamente el abandono, así que no la podrás dejar en libertad en el jardín. Alguien puede pensar que estoy sacando las cosas de quicio, pero la risa y el llanto vendrán cuando un juez se enfrente a uno de estos sinsentidos porque un vecino de esta cuerda ideológica te ha grabado con el móvil y ha puesto una denuncia en el juzgado, y se enfrente uno a penas por muerte con ensañamiento de una lagartija, por maltrato de un ratón intruso o por abandono de un escarabajo. Y luego dirán que los jueces no están aplicando bien la ley y que son machistas fachas y todo eso. También prohíbe utilizar animales para ejercer la mendicidad valiéndose de ellos, que está a un paso de prohibir la mendacidad o prohibir directamente la pobreza. Hay que tener agallas, «ejercer la mendacidad», como si se tratara de una profesión. Deberían tipificar la estupidez como delito penal y meterse ellos mismos en la cárcel. Y olvídate de hacer un anuncio de café mientras te tomas una taza acariciando a tu perro en el sofá, la ley prohíbe la utilización de animales como reclamo publicitario. El perrito del papel higiénico, ¿té acuerdas?, pues ya no vale.
Hay una obligación específica que me inquieta: entre proporcionarles un hábitat adecuado y que no se caguen en la acera, lo cual no necesita de ley nueva, está lo de esterilizar a todos los gatos antes de los seis meses. Entiendo el motivo, los gatos son promiscuos y merodeadores, ni se pueden tener encerrados ni se puede evitar que se apareen, solo hay que escuchar el desconsuelo con que maúlla una gata en celo para darse cuenta, pero… esterilizar me resulta muy parecido a maltrato animal. Los hombres que han votado la ley a favor podrían probar a cortarse las pelotas, a ver si les duele o les da igual, y las mujeres a extirparse la matriz. Y no lo digo porque me parezca bien ni mal que se esterilice a los gatos, por mí como si se extinguen, pero me repugna la incoherencia y la estupidez de los legisladores.
Se prohíbe el sacrificio, salvo por motivos de seguridad debidamente justificados por la autoridad competente. Si uno piensa en un perro, tira que te va, pero los insectos, los peces… ¿qué autoridad va a estar al tanto de ello? Bueno, por no decir autoridad competente. En esa línea, se prohíbe la puesta en libertad «de cualquier especie», a ver cómo se lo explicas a la mantis y a la araña. Se prohíbe dejar sin supervisión cualquier animal de compañía más de tres días, y el caso de los peces y los insectos, por ejemplo, será muy doloroso, y de veinticuatro horas en el caso de los perros, con lo que antes o después seremos todos delincuentes ante un juez porque un vecino ha dicho que tal, porque el perro ladraba, y va a tener uno que demostrar dónde estuvo y qué hizo en las últimas veinticuatro horas, con aporte de pruebas de geolocalización del móvil, porque yo si te creo hermana. También se prohíbe la cría, salvo por criadores registrados y acreditados, que pone de nuevo en el brete a los entomólogos aficionados y a su colonia de hormiguitas. Insisto, te sorprenderá ver cuánta gente disfruta con eso. Por no hablar de la donación, también prohibida, así que no nos podemos intercambiar arañas nunca más, ni comernos los saltamontes, también prohibido.
En cuanto al acceso a espacios públicos, la ley deja manga ancha a que cada cual haga en su negocio lo que quiera, siempre que lo indique. Ahora bien, en los edificios y dependencias públicas se permitirá el acceso de animales de compañía, salvo indicación expresa, entiendo que por la sensibilidad de lo que allí se cuece, como por ejemplo en una sala de urgencias, pero me deja una duda: ¿puede uno entrar con un caballo en hacienda? Según la ley sí, «salvo prohibición expresa, debidamente señalizada y visible desde el exterior». Lo que nos vamos a reír.
Uno de los aspectos más polémicos es el de la tenencia de perros. La ley obligará a hacer un curso de formación gratuito, lo cual no tiene por qué ser malo: entiendo que darte unas nociones básicas de forma gratuita no inhabilita a nadie y poco daño puede hacer. Lo que es más controvertido es la existencia de un test de aptitud social que deberá hacer el perro junto con su dueño, ambos, de cuyo coste no informa y cuyas características pueden ser desde muy razonables hasta muy perversas. Uno puede pensar que una pareja perro-dueño que no sea apta para la sociedad no debería permitirse, pero el problema radica en el test, en quién y bajo qué criterios lo establece y lo juzga. Obligar a este tipo de cosas es un terreno muy resbaladizo, que abre la puerta a los test para tener otro tipo de animales, o para tener hijos, o para votar. Y nos puede parecer bien de forma subjetiva que tal o cual persona no pueda tener tal o cual animal, o hijos, o votar, no lo niego, pero… ¿quién lo decide, bajo qué incentivos perversos se pueden corromper tales cosas? Y, lo que es más oscuro todavía, ¿con qué razón moral se van a juzgar asuntos tan delicados? Si es bajo la moral de los políticos, lo mejor será quitarles ese poder, por más que digan que tienen buenas intenciones. Cabe señalar que los perros de caza quedan excluidos, entiendo que asumen con ello que el cazador no necesita ninguna formación más y que la pareja cazador-perro es siempre apta socialmente. Obviamente, esto es un sinsentido, pero ya sabes que obedece a una concesión política sin la cual la ley no pasaba la tramitación. En fin, política y sinrazón, nada nuevo. Respecto a la concesión, si me permites la digresión, Podemos y sus medios afines nos han inundado de mentiras, sosteniendo que los lobbies de cazadores, minoritarios pero muy poderosos, han hecho fuerza para que los perros de caza queden fuera de la ley, siendo precisamente ellos los causantes de la mitad de los abandonos de perros. El mismo Pablo Iglesias construyó un programa monográfico de La Base dedicado a este asunto, seduciendo al espectador para que se persuada de lo siguiente: la mayoría de la población está de acuerdo con la protección de los animales, la ley de Podemos da respuesta a esa necesidad, los lobbies de cazadores, que son quienes más maltratan a los perros, no, y son mayoritariamente de derechas; a su vez, los partidos de derechas van en contra de la ley porque están presionados por esos lobbies, y lo que quieren es que los perros de caza queden excluidos de la ley para poder seguir maltratándolos. La infamia de Pablo y su programa no puede ser mayor: los perros de caza y sus dueños quedan excluidos de hacer el curso y el test, ni más, ni menos. La concesión política es simplemente un compadreo entre unos y otros para dar vaselina a sus votantes, sin la menor relevancia para los perros. Por otro lado, Pablo no perdía la ocasión para echar leña a ese fuego y mostrar cómo los grandes medios, citando expresamente La Sexta y Cuatro, extendían bulos sobre que la ley de Podemos iba a prohibir mascotas como el hámster o el periquito. Sin duda se trata un disparate indecente, la ley no dice nada de eso, ni muchísimo menos, y me parece muy bien airear la infamia de esos medios que no dan una noticia verídica ni por error, pero cabría recordar que La Sexta y Cuatro, además de ser una mierda, no son precisamente medios de derechas alineados con los cazadores.
En cuanto a la cría y venta, la ley prohíbe cualquier comercio por personas que no sean criadores autorizados. El espíritu de este aspecto, supongo, pretende garantizar la calidad de la cría y de la venta, así como de la exhibición, y disminuir esa compra compulsiva de cachorros en los escaparates, que muchas veces terminan en abandono cuando la criatura engorda hasta los cincuenta kilos y come y caga que da gusto verla. Este es un aspecto de los más polémicos de la ley, que expresamente prohíbe exhibir perros, gatos y hurones en tiendas y utilizar animales en ferias y carruseles. Seguramente será polémico por lo que decía Pablo, porque se habrá sacado de contexto y se habrá mentido, pero que no se exhiban los cachorros en escaparates ni se monten ponys en un carrusel no debería ser cuestión de guerra.
Lo que sí puede hervir la sangre es lo relativo a los delitos y las penas. Algunas pueden parecer razonables, como las de mutilar a un delfín o adiestrar para la pelea a un rottweiler, pero hay otras que, como decía antes, pueden ocasionar situaciones jurídicas absurdas. Por ejemplo, son infracciones graves abandonar a un animal, no denunciar su pérdida o alimentarlo con despojos de otros animales sin control sanitario. Y, como no se especifica qué animal, aquí entran todos, ya sean escarabajos, hormigas, almejas o saltamontes, bien sea entendidos como animales o como despojos de otros animales. Y las penas son desde diezmil euros hasta doscientosmil, en caso de muerte asistida por personal no cualificado. Insisto, incluyendo mantis, arañas, lagartijas y polillas. Ya ves por dónde camina el sinsentido. No obstante, como hay que decirlo todo, no se contemplan penas de prisión en este proyecto de ley, por más que algunos exagerados digan que te pueden meter en la cárcel por matar a un ratón. Habrá que ver, en todo caso, cómo termina llegando la ley al papel y cómo se modifica el código penal al respecto.
En conclusión, me he quedado defraudado, supongo que igual que tú, porque creía que podríamos discutir de taxonomía con los legisladores y reírnos de su incompetencia, pero no ha sido así: la ley es simple y no merece tanto revuelo, y a penas cambia aspectos superfluos de las ochocientas páginas que ya teníamos de normativa. Puedes leerla en este enlace, no merece la pena. El bolsillo es lo único que nos van a herir, y la honra, por ver a tanto inepto colocado de forma inútil. Ese es el único aspecto relevante de la ley. Solamente debemos estar consternados los aficionados a los bichos, para quienes ya no va a ser posible vivir cómo una mariposa se transforma de oruga en crisálida y llena el aire de abanicos convertida en imago. Aeternum lepidoptera amissa sunt.
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1 comentario en “La nueva ley de bienestar animal”